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Calculá el preaviso, la cesantía, el aguinaldo y las vacaciones proporcionales según el tipo de terminación. Fórmula basada en el Código de Trabajo (Arts. 28-29) y la Ley 2412.
Ingresá el salario, fechas y tipo de terminación para calcular la liquidación.
Método y revisión
La calculadora aplica las reglas y tasas descritas en sus campos y notas al resultado. El cálculo se ejecuta en el navegador y no contempla hechos del expediente, interrupciones, exenciones ni criterios judiciales que no se hayan solicitado expresamente.
La liquidación incluye preaviso (Art. 28 CT), cesantía (Art. 29 CT), aguinaldo proporcional (Ley 2412) y vacaciones proporcionales (Arts. 153-156 CT), según el tipo de terminación.
En despido con responsabilidad patronal o pensión, el trabajador tiene derecho a cesantía (Art. 29 CT) si ha trabajado al menos 3 meses. En renuncia voluntaria no aplica.
El tope legal de cesantía es 8 años de servicio (Art. 29 bis CT). La acumulación es progresiva: año 1 = 19.5 días, año 2 = 20 días, hasta el tope.
Resultado orientativo basado en la normativa vigente citada. No sustituye el criterio profesional. En Actanova esta calculadora corre integrada con tus casos, escritos y documentos del despacho.
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