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Calculá el impuesto de traspaso del 1.5% sobre bienes inmuebles (Art. 8 Ley 6999), la distribución entre partes y la retención por vendedor no domiciliado.
Ingresá el valor de la propiedad para calcular el impuesto de traspaso (Art. 8, Ley 6999).
Método y revisión
La calculadora aplica las reglas y tasas descritas en sus campos y notas al resultado. El cálculo se ejecuta en el navegador y no contempla hechos del expediente, interrupciones, exenciones ni criterios judiciales que no se hayan solicitado expresamente.
El impuesto de traspaso de bienes inmuebles es del 1.5% sobre el mayor valor entre el precio de venta y el valor fiscal declarado (Art. 8 Ley 6999). Se divide por partes iguales entre vendedor y comprador salvo pacto en contrario.
Las expropiaciones de inmuebles no constituyen traspaso para efectos de este impuesto (Art. 2, inciso g), Ley 6999). La vivienda popular calificada está exenta, con la certificación que exige la ley (Art. 5 Ley 6999). La calculadora aplica el tratamiento correspondiente según el tipo de transacción indicado.
Puede aplicar una retención a cargo del comprador cuando el vendedor no está domiciliado en Costa Rica, independiente del impuesto de traspaso. Confirme la tarifa vigente con su asesor tributario antes de cerrar la escritura.
Resultado orientativo basado en la normativa vigente citada. No sustituye el criterio profesional. En Actanova esta calculadora corre integrada con tus casos, escritos y documentos del despacho.
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